La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Granada ha decidido admitir parcialmente el recurso presentado por Francesco Arcuri, expareja de Juana Rivas, en relación con la denuncia que interpuso por presunta sustracción de menores. La denuncia hacía referencia al incumplimiento, el pasado mes de enero, del regreso a Italia del hijo menor de ambos tras el periodo navideño, vulnerando así el régimen de guarda y custodia que ostenta el padre.
La resolución, fechada este jueves —un día antes de que esté prevista por orden judicial la entrega del menor, que permanece con su madre en Maracena (Granada)—, revoca en parte el archivo que dictó el pasado 9 de mayo el Juzgado de Instrucción número 4 de Granada. En concreto, la Audiencia acepta reabrir la investigación sobre la posible sustracción del menor, pero descarta investigar las acusaciones de maltrato habitual y lesiones en el ámbito familiar que también había planteado Arcuri.
El caso se complica con las denuncias paralelas que salpican a ambos progenitores. Rivas mantiene al menor con ella desde enero, argumentando que el niño habría relatado episodios de violencia física y psicológica por parte del padre, incluso expresando «terror» ante la idea de regresar con él. Esta versión llevó a que un juzgado granadino suspendiera de forma provisional el retorno del menor a Italia.
Todo ello, se produce cuando son noticia las cartas que el propio menor ha remitido a diferentes autoridades y ONG, en las que narra, en primera persona, los hechos que habrían ocurrido en su estancia en Italia.
En marzo, la Audiencia confirmó la decisión del Juzgado de Instrucción número 9 de remitir el expediente a la Corte de Apelación de Cagliari, encargada de seguir investigando los presuntos malos tratos denunciados por el menor.
El caso de Juana Rivas, convertido en símbolo mediático y político desde 2017, acumula un historial judicial espinoso. En abril de 2021, el Tribunal Supremo confirmó su condena por sustracción de menores, tras permanecer un mes en paradero desconocido con sus hijos incumpliendo resoluciones judiciales. No obstante, el Supremo rebajó la pena inicial de cinco años a dos años y medio, al considerar que se trató de un único delito. Posteriormente, el Gobierno concedió un indulto parcial, que redujo la condena a un año y tres meses de prisión e impuso trabajos en beneficio de la comunidad en lugar de la inhabilitación para ejercer la patria potestad.
El caso vuelve ahora a tensar las costuras del sistema judicial internacional, enfrentando decisiones contradictorias entre tribunales españoles e italianos, mientras el centro de la controversia sigue siendo un menor que arrastra años de conflicto entre dos versiones irreconciliables.