El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) somete a información pública desde este jueves la convocatoria de subvenciones de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., en régimen de concurrencia competitiva, para fomentar actuaciones dirigidas a la renaturalización y restauración ecológica en el ámbito agrario y forestal para el desarrollo sostenible en el área de influencia del espacio natural Doñana 2025, que está dotada con 28 millones de euros y que regula las ayudas a los agricultores del entorno del Parque Natural.
Así lo indica la documentación publicada en la página del Miteco, que señala que el plazo para presentar documentación se abrirá este el viernes 29 de agosto de 2025 hasta el lunes, 8 de septiembre.
Esta convocatoria está regulada por la Orden TED/870/2025, de 5 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Fundación Biodiversidad, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 8 de agosto de 2025 y establece un marco normativo general para futuras convocatorias de ayudas.
Asimismo, fija una horquilla máxima que, «en determinados supuestos, podría alcanzar los 200 000 euros», para así «tener margen de actuación en establecer posibles marcos de ayudas en otros territorios del país». En el caso de Doñana, desde el Ministerio señalaron que las cuantías están «claramente definidas» en el Marco de Actuaciones, dentro del «compromiso establecido por el Gobierno».
De este modo, estas ayudas están establecidas en hasta 70 000 euros por hectárea —7 000 euros anuales durante diez años— para quienes transformen sus tierras de cultivo en forestal durante al menos 30 años, elevándose a 100 000 euros en la Corona Norte gracias a la aportación adicional de la Junta de Andalucía (20 000 euros) y la Diputación de Huelva (10 000 euros).
Las ayudas pretenden contribuir a «revertir la degradación ambiental y a recuperar el funcionamiento ecológico de espacios degradados, con una proyección de futuro que permita nuevas posibilidades de desarrollo más sostenible, innovador y justo».
Además, estas ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva, toda vez que «contribuirán a la reducción de las brechas de género, la igualdad de oportunidades y trato entre mujeres y hombres, tener en cuenta la accesibilidad para las personas con discapacidad, así como a hacer frente al reto demográfico».
De este modo, las ayudas se concederán para el establecimiento o instauración de la forestación y la creación de superficies forestales; operaciones de inversión para la forestación y la creación de superficies forestales; o el mantenimiento de la forestación y del uso natural de la superficie forestada, la cual se «subvencionarán a lo largo del tiempo mediante una serie de pagos periódicos que adoptarán la forma de prima anual por hectárea que cubrirá las rentas no percibidas y de mantenimiento».
Los beneficiarios serán tanto personas físicas como personas jurídica que sean titulares de derechos reales que permitan realizar sobre los terrenos, la actividad objeto de la ayuda, así como aquellas que sean titulares de una explotación agraria o silvícola inscrita en los registros correspondientes, incluyendo arrendatarias y aquellas que ostenten una concesión administrativa por derecho de uso mediante canon.
También se incluye a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen actividades relacionadas con I+D+i; organismos públicos de investigación; administraciones públicas; Centros Tecnológicos de ámbito estatal sin ánimo de lucro y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica sin ánimo de lucro de ámbito estatal; y Universidades públicas; y agrupaciones de personas físicas y jurídicas, públicas o privadas que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las actuaciones objeto de subvención.
Entre los requisitos se establece que las actuaciones a subvencionar serán aquellas que fomenten ecosistemas sostenibles, resilientes y ricos en biodiversidad; se realicen en superficies caracterizadas por la presencia de hábitats sensibles y/o por ser superficies de alto valor ecológico, incluidas las superficies de alto valor natural por lo que las acciones de renaturalización y especies a utilizar serán las adecuadas a estos ecosistemas de acuerdo con el mejor conocimiento científico-técnico disponible.